| MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
| ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS
| ITC
MIE-RAT 20
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ÍNDICE
1. ANTEPROYECTO.
1.1 Finalidad.
1.2 Documentos que comprende.
2. PROYECTO DE EJECUCIÓN.
2.1 Finalidad.
2.2 Documentos que comprende.
3. PROYECTO DE AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN.
1. ANTEPROYECTO
1.1 Finalidad
El anteproyecto de una instalación
de alta tensión podrá utilizarse para la tramitación
de la correspondiente autorización por parte de la Administración,
caso de que el solicitante estime la necesidad de su presentación
con anterioridad a la preparación del Proyecto de Ejecución.
1.2 Documentos
que comprende
El anteproyecto de una instalación
eléctrica de alta tensión constara, en general,
al menos de los documentos siguientes:
- Memoria.
- Presupuesto.
- Planos.
1.2.1 Memoria
El documento Memoria deberá incluir:
a) Justificación de la necesidad de
la instalación.
b) Indicación del emplazamiento de
la instalación, señalando la calificación
de uso de la zona de dicho emplazamiento.
c) Descripción del conjunto de la instalación
con indicación de las características principales
de la misma, señalando que se cumplirá lo preceptuado
en la reglamentación del Ministerio de Industria y Energía
que la afecte.
d) Indicación de las diversas etapas
en que se prevé la puesta en servicio del conjunto de la
instalación eléctrica.
1.2.2Presupuesto
El documento presupuesto deberá contener
una valoración estimada de los elementos de la instalación
eléctrica.
1.2.3 Planos
El documento Planos deberá incluir:
a) Plano de situación prevista.
b) Esquema de interconexión con las
instalaciones adyacentes de la red de alta tensión.
c) Esquema unifilar simplificado del conjunto
de la instalación, indicando, en su caso, las ampliaciones
previstas, así como las instalaciones existentes.
d) Plano de planta general y secciones mas
significativas.
2. PROYECTO DE EJECUCIÓN
2.1Finalidad
Proyecto de Ejecución es el documento
básico para la realización de la obra. Contendrá
los datos necesarios para que la instalación quede definida
técnica y económicamente, de forma tal que pueda
ser ejecutada bajo la dirección de un técnico competente
distinto al autor del proyecto.
2.2 Documentos
que comprende
El Proyecto de Ejecución de una instalación
eléctrica de alta tensión constará de los documentos
siguientes:
Memoria
Pliego de condiciones técnicas.
Presupuesto.
Planos.
Para la tramitación de una autorización
administrativa, no será exigible la presentación
del pliego de condiciones.
2.2.1 Memoria
En la memoria se darán todas las explicaciones
e informaciones precisas para la correcta dirección de
la obra, incluirá los cálculos justificativos y
comprenderá:
a) Justificación de la necesidad de
la instalación, en caso de solicitar su autorización.
b) Indicación del emplazamiento de
la instalación.
c) Descripción de la misma, señalando
sus características, así como las de los principales
elementos que se prevé utilizar.
d) Justificación de que en el conjunto
de la instalación se cumple la normativa que se establece
en la Reglamentación del Ministerio de Industria y Energía.
Cuando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
10 del Reglamento, se propongan soluciones que no cumplan exactamente
las prescripciones del mismo deberá efectuarse justificación
detallada de la solución propuesta.
2.2.2 Pliego
de condiciones técnicas.
El pliego de condiciones técnicas contendrá
la información necesaria para definir los materiales, aparatos
y equipos y su correcto montaje.
2.2.3 Presupuesto.
El documento Presupuesto deberá constar
de:
- Mediciones.
- Presupuestos parciales de los elementos
y equipos de la instalación que va a realizarse.
- Presupuesto general, resumen del conjunto
de los presupuestos parciales.
2.2.4 El documento
Planos deberá incluir:
a) Planos de situación incluyendo los
accesos al lugar de la instalación.
b) Esquema unifilar de la instalación
con indicación de las características principales
de los elementos fundamentales que la integran.
c) Plano o planos generales en planta y alzado
suficientemente amplios, a escalas, convenientes y con indicación
de las cotas esenciales, poniendo de manifiesto el emplazamiento
y la disposición de las maquinas, aparatos y conexiones
principales.
3. PROYECTOS DE AMPLIACIONES Y MODIFICACIONES
A los efectos de lo especificado en la disposición
transitoria del Reglamento a que se refiere esta Instrucción,
se consideran como ampliaciones no importantes, entre otras, aquellas
que cumplan alguna de las siguientes circunstancias:
a) La ampliación no provoca obras o
instalaciones nuevas, ni tendidos o sustitución de cables
o conductores, bastando sustituir fusibles, aparamenta o relés.
b) La ampliación exige colocar fusibles,
aparamenta o relés en espacios, celdas o cabinas vacías
previstas y preparadas en su día para realizar la ampliación.
c) La ampliación consiste en sustituir
un transformador en un centro de transformación por otro
de un tamaño inmediato superior según las escalas
normales en el mercado y no sea preciso modificar barra, conductores
ni otros elementos y en el proyecto original estuviera prevista
la ampliación.
d) La modificación afecta solamente
a los circuitos de medida, mando, señalización o
protección, o a los aparatos correspondientes.
e) La modificación afecta solamente
a los servicios auxiliares de la instalación de alta.
No se considera modificación la sustitución
de aparatos o elementos por otros de características técnicas
similares.
Para la realización de ampliaciones
y modificaciones no importantes de instalaciones construidas de
acuerdo con este Reglamento, no se precisará autorización
administrativa ni presentación de proyecto.
Sin embargo, cuando dichas ampliaciones o
modificaciones impliquen algún cambio en las características
técnicas de la instalación o afecten al Registro
Industrial, deberán comunicarse las mismas al Órgano
competente de la Administración.
Cuando se trate de la ampliación o
modificación importante de una instalación ya debidamente
legalizada y en servicio, se deberá presentar a la Administración
un proyecto de ampliación o modificación que recoja
los conceptos que se indican en el punto 2, y en el que se justifiquen
la necesidad de la ampliación o modificación en
cuestión.
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