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Instrucción Técnica Complementaria
ITC-LAT 03
INSTALADORES AUTORIZADOS Y EMPRESAS INSTALADORAS AUTORIZADAS PARA ÚNEAS
DE ALTA TENSIÓN
O. ÍNDICE
- OBJETO
- INSTALADOR AUTORIZADOY EMPRESA INSTALADORA
AUTORIZADA PARA LíNEAS DE
ALTATENSIÓN.
- CLASIFICACIÓN DE LOS INSTALADORES AUTORIZADOS
Y DE LAS EMPRESAS INSTALADORAS AUTORIZADAS
- CARNÉ PROFESIONAL DE INSTALADOR
- AUTORIZACiÓN DE LAS ENTIDADES DE EVALUACiÓN
- CERTIFICADO COMO EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA
PARA LíNEAS
DE ALTA TENSIÓN
- OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS INSTALADORAS AUTORIZADAS
ANEXO 1. MEDIOS MÍNIMOS, TÉCNICOS YHUMANOS,
REQUERIDOS A LAS EMPRESAS INSTALADORAS AUTORIZADAS
ANEXO 2. REQUISITOS, CRITERIOSY CONTENIDOS MíNIMOS DE LAS PRUEBAS TEÓRICO
PRÁCTICAS PARA LA OBTENCiÓN DE LOS CARNÉS PROFESIONALES
DE INSTALADOR.
1. OBJETO
La presente instrucción técnica complementaria tiene por objeto
desarrollar las previsiones del Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta
tensión, estableciendo las condiciones y requisitos que deben observarse
para la acreditación de la competencia y la autorización administrativa
correspondiente de los instaladores autorizados y empresas instaladoras autorizadas
en el ámbito de aplicación de este reglamento.
2. INSTALADOR AUTORIZADOY EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA PARA LÍNEAS
DE ALTA TENSiÓN.
2.1 Instalador autorizado en líneas de alta tensión es la persona
física que, además de poseer conocimientos teórico-prácticos
de la tecnología de las líneas de alta tensión y de su
normativa, acreditados mediante carné profesional de instalador, está capacitado
para el montaje, reparación, mantenimiento, revisión y desmontaje
de las líneas de alta tensión correspondientes a su categoría.
Los instaladores ejercerán su profesión en el seno de una empresa
instaladora.
2.2. Empresa instaladora autorizada en líneas de alta tensión
es toda empresa con naturaleza de persona jurídica, o empresario autónomo
con personal técnico contratado que, ejerciendo las actividades de montaje,
reparación, mantenimiento, revisión y desmontaje de líneas
de alta tensión y cumpliendo los requisitos de esta instrucción
técnica complementaria, se encuentra acreditada mediante el correspondiente
certificado de empresa instaladora autorizada para líneas de alta tensión
emitido por el órgano competente de la comunidad autónoma, y
se halla inscrita en el correspondiente registro.
3. CLASIFICACIÓN DE LOS INSTALADORES AUTORIZADOS Y DE LAS EMPRESAS
INSTALADORAS AUTORIZADAS PARA LíNEAS DE ALTA TENSIÓN.
Los instaladores autorizados y empresas instaladoras autorizadas se clasifican
en las siguientes categorías:
- LAT1: Para líneas aéreas o subterráneas de alta tensión
de hasta 30 kV.
- LAT2: Para líneas aéreas o subterráneas
de alta tensión superior a 30 kV.
En los certificados de cualificación individual y de empresa instaladora
autorizada deberán constar expresamente la categoría o categorías
para las que se haya sido autorizado.
4. CARNÉ PROFESIONAL DE INSTALADOR.
4.1 Concepto
El carné profesional como instalador de líneas de alta tensión
es el documento por el cual se reconoce a una persona física la capacidad
personal para desempeñar alguna de las actividades correspondiente a
las categorías indicadas en el apartado anterior.
El carné profesional como instalador será expedido por el órgano
competente de la comunidad autónoma, conforme a los requisitos del apartado
4.2.
Los criterios y contenidos mínimos para la obtención del carné profesional
como instalador están definidos en el anexo 2 de esta instrucción
técnica com plementaria. Los criterios y contenidos deberán ser
actualizados periódicamente, a propuesta de los instaladores, empresas
instaladoras, distribuidoras, comercializado ras u operadoras, corporaciones
que representen a los profesionales titulados técnicos y entidades de
evaluación, para adaptarse a los avances tecnológicos.
4.2 Requisitos
Para obtener el carné profesional como instalador, las personas físicas
deberén acreditar, ante el órgano competente de la comunidad
autónoma, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad en el momento de cursar la solicitud.
- Titulación:Técnico superior en instalaciones electrotécnicas
o titulado de escuelas técnicas de ingeniería de grado medio
o superior con atribuciones en este émbito. Se admitirén titulaciones
declaradas por el órgano competente de la comunidad autónoma
como equivalentes a las mencionadas, así como las titulaciones equivalentes
que se determinen por aplicación de la legislación comunitaria
o de otros acuerdos internacionales con terceros países, ratificados
por España.
- Los técnicos superiores en instalaciones electrotécnicas
deberén cumplir ademés los requisitos siguientes:
- Disponer de conocimientos précticos para las categorías en
las que solicita la cualificación, obtenidos mediante al menos un año
de experiencia en el émbito de este reglamento en una empresa de instalación
de líneas eléctricas de alta tensión o en una compañía
eléctrica.
- Superar un examen teórico-práctico, ante el órgano competente
de la comunidad autónoma, sobre las disposiciones del Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas
eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias, correspondientes a la categoría en la que se desea
obtener la cualificación, cuyos contenidos mínimos se definen
en el anexo 2.
El órgano competente de la comunidad autónoma podré autorizar
entidades de evaluación en el émbito de este reglamento con el
fin de elaborar, realizar y corregir el mencionado examen.
4.3 Concesión y validez
Cumplidos los requisitos de 4.2, el órgano competente de la comunidad
autónoma expediré el correspondiente carné profesional
de instalador, con la anotación de la categoría o categorías
correspondientes.
El carné profesional como instalador tendré validez en todo
el territorio español. En caso de variación importante de la
reglamentación que constituyó la base para la concesión
del carné, y siempre que en la disposición correspondiente se
determine expresamente que, en razón de la misma, sea preciso hacerlo,
el titular del carné deberé solicitar la actualización
del mismo, cumpliendo los requisitos que dicha disposición establezca
para ello.
Las comunidades autónomas podrén establecer, en el émbito
de sus competencias, requisitos complementarios para armonizar la regulación
de este carné profesional con otros expedidos en materia de seguridad
industrial, en cuanto su vigencia, renovaciones y causas de actualización.
5. ENTIDADES DE EVALUACiÓN
5.1 Requisitos.
Para obtener la calificación de entidad de evaluación autorizada,
a la que se refiere el apartado 4 de esta instrucción técnica
complementaria, las entidades interesadas deberén cumplir los siguientes
requisitos:
- Contar con los titulados de grado medio o superior de las éreas
de conocimientos correspondientes a los programas de los contenidos teóricos
y précticos exigidos para obtención del carné profesional
de instalador definidos por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,
a que se refiere el apartado 4 de esta instrucción técnica
complementaria.
- Disponer de los medios técnicos, para efectuar las pruebas précticas
exigidas para la obtención del carné profesional de instalador,
definidos por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a que se refiere
el apartado 4 de esta instrucción técnica complementaria.
- Tener suscrito seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos
que puedan derivarse de sus actuaciones, mediante póliza de seguro, por
importe de 300.000 euros, cantidad que se actualizaré anualmente, a
partir del 1 de enero de 2011, según la variación del índice
de precios al consumo, certificada por el Instituto Nacional de Estadística.
La entidad de evaluación deberé trasladaré justificante
de cada actualización al órgano competente de la comunidad autónoma.
5.2 Autorización.
La autorización como entidad de evaluación autorizada seré otorgada
por la comunidad autónoma competente por razón de territorio.
Con carécter anual y a efectos estadísticos e informativos, las
comunidades autónomas comunicarén al Ministerio de Industria,Turismo
y Comercio las autorizaciones concedidas.
La autorización como entidad de evaluación autorizada se otorgaré por
un período inicial de tres años y se renovará cada tres
años por la misma comunidad autónoma que otorgó la concesión
inicial, siempre que acredite el mantenimiento de las condiciones que dieron
lugar a la anterior autorización.
6. EMPRESA INSTALADORA AUTORIZADA PARA LíNEAS DE ALTA TENSiÓN.
6.1 Requisitos.
Para obtener el certificado de empresa instaladora autorizada a que se refiere
el apartado 2 de la presente instrucción, deberán acreditarse
ante la comunidad autónoma donde radique su sede social, los siguientes
requisitos:
- Estar legalmente constituida, mediante los documentos que acrediten
la personalidad jurídica de la empresa interesada.
- Contar con los medios técnicos y humanos que se determinan en el
anexo 1 de la presente instrucción técnica complementaria, de
acuerdo con la normativa vigente y con las necesidades de las actividades a
realizar. Además, deberán aportarse cumplimentados los datos
de los carnés identificativos de las personas físicas poseedoras
de carnés profesionales de instalador para las categorías que
solicita autorización.
- Tener suscrito seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos
que puedan derivarse de sus actuaciones a terceros así como seguro de responsabilidad
civil patronal que cubra su propio personal, mediante póliza por una
cuantía mínima de un millón de euros, actualizado anualmente,
a partir del año siguiente al de entrada en vigor del reglamento, según
la variación del índice de precios al consumo, certificada por
el Instituto Nacional de Estadística. De la actualización que
realice la empresa instaladora, trasladará justificante al órgano
competente de la comunidad autónoma.
- Estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en
el censo de obligaciones tributarias y en el correspondiente régimen
de la seguridad social.
6.2 Autorización.
6.2.1 El órgano competente de la comunidad autónoma, en caso
de que se cumplan los requisitos indicados en el apartado anterior, expedirá el
correspondiente certificado de empresa instaladora autorizada para líneas
de alta tensión, en el cual constará la categoría o categorías
que comprenda.
La empresa deberá inscribirse en el Registro de Establecimientos Industriales
de ámbito estatal, aprobado por Real Decreto 697/1995, de 28 de abril.
6.2.2 El certificado de empresa instaladora autorizada tendrá validez
en todo el territorio español, y por un período inicial de cinco
años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que permitieron
su concesión.
Se renovará, por un período igual al inicial, siempre que la
empresa instaladora autorizada lo solicite al órgano competente de la
comunidad autónoma con anterioridad a los tres meses previos inmediatos
a la finalización de su vigencia, y se acredite el mantenimiento de
las condiciones que dieron lugar a su anterior autorización.
La autorización se considerará renovada por silencio positivo,
si no hubiera resolución expresa en el plazo de tres meses desde la
fecha en la que la solicitud hubiera tenido entrada en el órgano territorial
competente para su tramitación, sin perjuicio del cumplimiento los requisitos
exigibles, en todo momento, por la empresa interesada.
6.2.3 Cualquier variación en las condiciones y requisitos establecidos
para la concesión del certificado deberá ser comunicada al órgano
competente de la comunidad autónoma, en el plazo de un mes, si no afecta
a la validez del mismo. En caso de que dicha variación supusiera dejar
de cumplir los requisitos necesarios para la concesión del certificado,
la comunicación deberá ser realizada en el plazo de 15 días
inmediatos posteriores a producirse la incidencia, a fin de que el órgano
competente de la comunidad autónoma, a la vista de las circunstancias,
pueda determinar la cancelación del mismo o, en su caso, la suspensión
o prórroga condicionada de la actividad, en tanto se restablezcan los
referidos requisitos.
La falta de notificación en el plazo señalado en el párrafo
anterior, podrá suponer, además de las posibles sanciones que
figuran en el reglamento, la inmediata suspensión cautelar del certificado
de empresa instaladora autorizada para líneas de alta tensión.
7. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS INSTALADORAS AUTORIZADAS
Las empresas instaladoras autorizadas deben, en sus respectivas categorías:
- Ejecutar, modificar, ampliar, mantener, reparar o desmontar las líneas
que les sean adjudicadas o confiadas, de conformidad con la normativa vigente
y con el proyecto de ejecución de la línea, utilizando, en su
caso, materiales y equipos que sean conformes a la legislación que
les sea aplicable.
- Comprobar que cada línea ejecutada supera las pruebas y ensayos
reglamentarios aplicables.
- Realizar las operaciones de revisión y mantenimiento que tengan
encomendadas, en la forma y plazos previstos.
- Emitir los certificados de instalación o mantenimiento, en su
caso.
- Notificar al órgano competente de la Administración los posibles
incumplimientos reglamentarios de materiales o instalaciones, que observasen
en el desempeño de su actividad. En
caso de peligro manifiesto, darán cuenta inmediata de ello al propietario
de la línea, a la empresa suministradora, y pondrá la circunstancia
en conocimiento del órgano competente de la comunidad autónoma
en el plazo máximo de 24 horas.
- Asistir a las inspecciones realizadas por el organismo de controlo a
las realizadas de oficio por el órgano competente de la Administración,
cuando éste así lo requiera.
- Mantener al día un registro de las instalaciones ejecutadas o
mantenidas.
- Informar al órgano competente de la Administración sobre
los accidentes ocurridos en las instalaciones a su cargo.
- Conservar, a disposición
del órgano competente de
la Administración, copia de los contratos de mantenimiento, al menos
durante los cinco años inmediatos posteriores a la finalización
de los mismos.
ANEXO 1
MEDIOS MíNIMOS,TÉCNICOS Y HUMANOS, REQUERIDOS A LAS EMPRESAS
INSTALADORAS AUTORIZADAS PARA LíNEAS DE ALTA TENSiÓN
1. Medios humanos
1.1 Al menos, una persona dotada del carné profesional como instalador
de categoría igual a cada una de las de la empresa instaladora autorizada
en la plantilla. En caso de que una misma persona ostente dichas categorías,
bastará para cubrir el presente requisito.
1.2 Al menos, una persona dotada de carné profesional como instalador
por cada 25 operarios.
2. Medios técnicos
2.1 Local: Superficie mínima de 50 m2,
2.2 Equipos: Las empresas instaladoras autorizadas deberán disponer,
en propiedad, los siguientes equipos mínimos:
2.2.1 Equipo general:
2.2.1.1 Telurómetro)
2.2.1.2 Medidor de aislamiento de, al menos, 10 kV.)
2.2.1.3 Pértiga detectora de la tensión correspondiente a la
categoría solicitada.)
2.2.1.4 Multímetro o tenaza, para las siguientes magnitudes.)
-Tensión alterna y continua hasta 500V.) -Intensidad alterna
y continua hasta 20 A) -Resistencia.)
2.2.1.5 Ohmímetro con fuente de intensidad de continua de 50
A)
2.2.1.6 Medidor de tensiones de paso y contacto con fuente de intensidad
de 50 A, como mínimo.)
2.2.1.7 Cámara termográfica.)
2.2.1.8 Equipo verificador de la continuidad de conductores.)
2.2.2 Equipos específicos para trabajos en líneas aéreas:
2.2.2.1 Dispositivos mecánicos para tendido de líneas aéreas
(dinamómetro, trócola, etc.).
2.2.2.2 Dispositivos topográficos para el trazado de la línea
y medida de la flecha (por ejemplo taquímetro, técnicas
GPS, etc.).
2.2.2.3 Tren de tendido para líneas aéreas (sólo para
empresas de categoría de tensión nominal superior a 66
kV).
2.2.3 Equipos específicos para trabajos en líneas subterráneas:
2.2.3.1 Dispositivos apropiados para la instalación de accesorios
en cables aislados.
2.2.3.2 Localizador de faltas y averías.)
Además, para ciertas verificaciones, podrían ser necesarios
otros equipos de ensayo y medida, en cuyo caso podrán ser subcontratados.
En cualquier caso, los equipos se mantendrán en correcto estado de funcionamiento
y calibración.
2.3 Herramientas, equipos y medios de protección individual.
Estarán de acuerdo con la normativa vigente y las necesidades de la
instalación.
ANEXO 2
CONTENIDOS MíNIMOS DE LAS PRUEBAS TEÓRICO PRÁCTICAS PARA
LA OBTENCiÓN DE LOS CARNÉS PROFESIONALES DE INSTALADOR
1. CONTENIDOS TEÓRICOS
1.1 Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad
en líneas eléctrica de alta tensión y sus InstruccionesTécnicas
Complementarias ITC-LAT 01 a 09.
1.2 Nociones de trazado, interpretación de planos y esquemas.
1.2.1 Plano de alzado y planta de la línea.
1.2.2 Esquemas unifilares.
1.2.3 Planos de detalles de aisladores, herrajes, crucetas, apoyos, cimentaciones,
terminaciones y empalmes.
1.2.4 Distancias de seguridad. 1.2.5Trazado del perfil longitudinal: curvas
de flechas máximas.
1.2.6 Distribución de apoyos: curva de flechas máximas. Apoyos
con tiro ascendente: curva de flechas mínimas.
1.2.7 Cruzamientos y paralelismos.
1.3 Legislación vigente (estatal y autonómica) sobre impacto
ambiental de líneas de alta tensión. Exigencias para los elementos
constitutivos de las líneas de alta tensión.
1.4 Conductores a emplear en líneas aéreas de alta tensión.
1.4.1 Conductores desnudos: naturaleza, características, empalmes y
conexiones. Designación.
1.4.2 Tipos de conductores desnudos. Conductor de aluminio-acero: características.
Designación.
1.4.3 Conductores recubiertos: características y empalmes. Designación.
1.4.4 Conductores en Haz. Normas UNE-EN de obligado cumplimiento. Empalmes
y terminaciones. Designación.
1.4.5 Conocimientos básicos de cálculos eléctricos y
mecánicos de conductores. Acciones a considerar, hipótesis reglamentarias,
parámetros eléctricos. Interpretación de tablas de cálculo
mecánico y de tendido.
1.5 Conductores a emplear en líneas subterráneas de alta tensión.
1.5.1 Constitución.
1.5.2 Parámetros característicos.
1.5.3 Designación.
1.5.4 Tipos.
1.5.5 Empalmes y terminaciones.
1.5.6 Instalación y tendido. Técnicas de puestas a tierra.
1.5.7 Conocimientos básicos de cálculo eléctrico.
1.6 Aisladores y herrajes.
1.6.1 Herrajes: descargadores, sujeción de los aisladores al apoyo,
sujeción de los conductores a los aisladores.
1.6.2 Aisladores: constitución, tipo de aisladores, valores característicos,
ensayos, cálculo mecánico, cálculo eléctrico (acción
de la contaminación ambiental, nivel de aislamiento, línea de
fuga). Desviación de cadena de aisladores (contrapesos).
1.7 Apoyos y cimentaciones.
1.7.1 Clasificación de los apoyos según su función.
1.7.2 Tipos de apoyos.
1.7.3 Tipo de crucetas.
1.7.4 Conocimientos básicos de cálculo mecánico de apoyos:
acciones a considerar, hipótesis reglamentarias.
1.7.5 Conocimientos básicos de cálculo de cimentaciones: naturaleza
del terreno, características de materiales, hipótesis de cálculo
(cimentaciones monobloque, cimentaciones de macizos independientes, cimentaciones
mixtas y cimentaciones en roca).
1.7.6 Puestas a tierra de apoyos.
1.8 Aparamenta de seccionamiento, corte y protección.
1.8.1 Tipos: Seccionadores, autoseccionadores, interruptores, interruptores
automáticos, fusibles limitadores y fusibles de expulsión.
1.8.2 Características principales y formas de instalación.
1.9 Protección contra las sobretensiones.
1.9.1 Apantallamiento de las líneas.
1.9.2 Pararrayos yautoválvulas.
1.10 Seguridad en las instalaciones de alta tensión.
1.10.1 Normativa y reglamentación vigente para prevención
del riesgo eléctrico en trabajos realizados en instalaciones eléctricas.
1.10.2 Factores y situaciones de riesgo.
1.10.3 Aplicación de medios, equipos y técnicas de seguridad.
1.10.4 Técnicas de primeros auxilios.
2. CONTENIDOS PRÁCTICOS
2.1 Instalación y tendido de líneas eléctricas aéreas
de alta tensión.
2.1.1 Montaje de apoyos de líneas com probando el replanteo de apoyos,
ensam blado de los m ismos y realizando correctamente la cimentación
(monobloques y macizos independientes).
2.1.2 Montaje de crucetas, aisladores, herrajes y aparamenta, preparando
los dispositivos para la realización del tendido de los conductores
(poleas sobre aisladores, etc.).
2.1.3 Tendido de conductores, realizando el acopio correcto de las bobinas,
el tensado del conductor sobre las poleas, arriostramiento de los apoyos
cuando sea necesario, engrapado de conductores sobre las cadenas de aisladores
y comprobación
de tensiones y flechas, según las tablas de tendido contenidas en
el proyecto.
2.1.4 Realización de puesta a tierra de apoyos y aparamenta (picas
individuales y anillos equipotenciales) y comprobación posterior del
valor de la resistencia de puesta a tierra, valores de tensión de
paso y contacto.
2.2 Instalación y tendido de líneas subterráneas de alta
tensión.
2.2.1 Marcado de trazas sobre el terreno donde se va a realizar la excavación
para el alojamiento de los conductores.
2.2.2 Realización correcta del acopio de cables y su preparación
para el tendido de los mismos (rodillos en zanja, cabrestantes, elementos de
tiro mecánico, etc.).
2.2.3 Preparación de la zanja, inspeccionando la misma y acondicionándola
para el tendido del cable (lecho de arena, colocación de tubos,
etc.).
2.2.4 Tendido de cables en zanja, directamente enterrados o bajo tubo.
2.2.5 Realización de empalmes y terminaciones según las diferentes
técnicas empleadas. Uniones (punzonado profundo y compactado hexadiédricol,
empalmes y term ¡naciones (encintados, premoldeados en fébrica,
premoldeados en campo, termorectréctiles, empalmes mixtos).
2.2.6 Realización de puesta a tierra de pantallas y armaduras (single
point, crossbonding, both end, etc.).
2.3 Verificación, mantenimiento y reparación de líneas
de alta tensión.
2.3.1 Verificación de líneas aéreas y subterráneas
de acuerdo a la normativa vigente (verificación inicial y periódica
de líneas realizando los ensayos necesarios, inspección visual,
termogrMica, localización de averías en cables, etc.).
2.3.2 Realizar el mantenimiento y reparación de líneas aéreas
(aisladores, herrajes, conductores, etc.), así como de cables, terminales
y empalmes en líneas subterráneas, delimitando la zona de trabajo
y colocando las tierras de protección correspondientes.
2.3.3 Realizar el mantenimiento o reparación de la aparamenta de maniobra
y protección instalada en las líneas (seccionadores, interruptores,
fusibles, autoválvulas, etc.).
2.3.4 Gestión de maniobras, solicitando los descargos y reposiciones
correspondientes, para realizar los trabajos de mantenimiento y reparación
correspondientes.
2.4 Manejo aparatos de medida y herramientas.
2.4.1 Herramientas utilizadas en instalaciones eléctricas de alta tensión:
tipos y manejo.
2.4.2 Manejo de aparatos de medida de magnitudes mecánicas (dinamómetros,
equipos de tracción mecánica, etc.).
2.4.3 Manejo de aparatos de medida de magnitudes eléctricas (medidores
de resistencia, tensiones de paso y contacto).
2.4.4 Manejo de aparatos de medida para verificación y control
(medidores de tangente de delta, medidores de aislamiento, etc.).
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